En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el abogado RICHERT OSWALDO GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.819, apoderado judicial del ciudadano MARCIAL ALBERTO PIÑANGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.486.298, contra la Sociedad Mercantil "PROCESADORA TECNIPAC, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 16 de marzo de 2004, bajo el Nº 46, Tomo 36-A-Sto.
En consecuencia, SE ORDENA a la Sociedad Mercantil "PROCESADORA TECNIPAC, C.A.", dar cumplimiento al contenido de la Providencia Administrativa Nº 00079, de fecha 19 de marzo de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo en los.....