Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por pago de intereses moratorios sobre prestaciones sociales interpuesta por los abogados ANAUL ROJAS GUERRA y LUISHEC CAROLINA MONTAÑO ARISMENDI, ya identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana LADY HILDA VASQUEZ DE ALBORNET, también identificada, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación. En consecuencia SE ORDENA al organismo querellado pagarle a la querellante los intereses moratorios causados por el retardo en el pago de sus prestaciones sociales, calculados desde el 01 de octubre de 2004 (fecha de culminación de la relación funcionarial), hasta el 28 de marzo de 2008 (fecha de pago de las prestaciones sociales), de conformidad con lo previsto en el Literal "c" del artícu.....