este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en la sentencia de fecha 21 de junio de 2006, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en el Expediente Nº 04-0370