Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales interpuesta por el abogado STALIN RODRIGUEZ, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GIOMAR ANTONIO AGUILAR, también identificado, contra el Ministerio de Educación y Deportes. En consecuencia:
PRIMERO: Se ordena al ente querellado proceda a reintegrar la cantidad de mil trescientos cuarenta y uno con treinta y nueve céntimos (Bs. 1.341,39), por concepto de Anticipos de Fideicomiso, en consecuencia se ordena realizar el recálculo de las prestaciones sociales del querellante y sus respectivos intereses incluyendo en el capital el monto descontado por concepto de Anticipos de Fideicomiso, tal y como quedó explanado en la parte motiva de la presente se.....