ESTE JUZGADO DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la ciudadana KARLEM KAREM PALENCIA ULLOA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.453.462, debidamente asistida por el abogado, Oswaldo José García, anteriormente identificados, contra el Consejo Nacional Electoral. SEGUNDO: Se declara nulo el acto administrativo de fecha 13 de agosto de 2009, dictado por la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, ciudadana Tibisay Lucena Ramírez, mediante el cual se resolvió remover a la ciudadana KARLEM KAREM PALENCIA ULLOA, del cargo de Adjunto al Director, adscrita a la Dirección de Asuntos Administrativos de Partidos Políticos de la Oficina Nacional de Participación Política. TERCERO: Se ORDENA la reincorporación de la querellante al cargo que venía desempeñando antes de su ilegal remoción o en otro cargo de igual o superior jerarquía dentro de un Organismo de la Administración Pública. CUARTO: Se ORDENA el pago integral de los salario.....