En razón de lo anterior, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia y por autoridad de la Ley decide: declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada MARJORIE KORINA REYES HERNANDEZ, ya identificada actuando en su condición de Procuradora de Trabajadores y apoderada judicial del ciudadano JHOEL MANUEL GUEDEZ GALINDEZ, también identificado, en virtud de la conducta omisiva de la Sociedad Mercantil Global Gas C.A. de dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nro 0129-2007 de fecha 31 de mayo de 2007, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" sede Caracas, Sur Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. En consecuencia, se ordena a la empresa antes mencionada el inmediato reenganche del ciudadano JHOEL MANUEL GUEDEZ GALÍNDEZ, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba al momento del .....