Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana BELKIS NEREIDA RODRÍGUEZ, asistida por la abogada Haydee Germania Certad Gómez, ya identificadas, contra el acto de destitución, dictado por el Concejo Municipal del MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA. En consecuencia se CONFIRMA el acto administrativo impugnado, únicamente por la causal prevista en el numeral 4 del artículo 86 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.