DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados IBETH RENGIFO y RAFAEL ALI GARCIA, procediendo con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "FERTEC, C.A.", todos identificados en el encabezamiento del presente fallo, contra la providencia administrativa Nº 00128-08, de fecha 22 de abril de 2008, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SEGUNDO: Se exige a la recurrente sociedad mercantil "FERTEC, C.A.", prestar caución-fianza, de una compañía de seguros o establecimiento mercantil de reconocida solvencia, por la cantidad de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON SETENTA Y UNO CENTIMOS (Bs.18.000,75), la cual deberá ser presentada bajo aperc.....