Se declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano MANCILLA CASTILLO RUBÉN DARÍO, titular de la cédula de identidad Nº 7.263.498, asistido por la abogada MARISELA CISNEROS AÑEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.655, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA.