Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Estadal Tercero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- COMPETENTE para conocer la demanda de nulidad de carácter funcionarial, incoado por el abogado JOSÉ CUELLAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 115.486, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OMAR ANTONIO CASTRILLO CASTILLO, titular de la cédula de identidad número V- 12.991.459, contra el acto administrativo contenido en la decisión administrativa N° 010 de fecha 11 de abril de 2019, dictada por el CONSEJO DISCIPLINARIO DE LA REGIÓN DE LOS LLANOS CON SEDE SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUARICO DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS.
2.-SIN LUGAR, la demanda de nulidad de carácter funcionarial.
3.-FIR.....