Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella incoada por el abogado STALIN RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 58.650, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ALICIA LIDWINA SCHIBLI DE NOUEL, titular de la cédula de identidad Nº.5.435.625, contra el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación), en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Educación cancelar los intereses generados por la demora en el pago de las prestaciones sociales de conformidad con el articulo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde le fecha primero (01) de octubre de dos mil tres (2003), como jubilado hasta la fecha del pago efectuado por concepto de prestaciones sociales en fec.....