DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados ALEJANDRA FIGUEIRAS, CLAUDIA NIKKEN, FLAVIA PESCI FELTRI, JOSE ANNICCHIARICO, MARIA GIOVANNA MASCETTI, DANIEL SALAS-ARANA y LEONARDO SEQUERA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 57.044, 56.566, 57.047, 62.856, 77.469, 98.766 y 84.925, procediendo con el carácter de apoderados judiciales de la SUCESION JOSE ANTONIO GARCIA y de la empresa INVERSIONES DORADIELLU, C.A., en contra de las actuaciones emanadas de la DIRECCIÓN DE CATASTRO Y LA OFICINA MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN URBANA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA.