Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuesta, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana MAIGUALIDA DELGADO GARCIA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 9.967.842, debidamente asistida por la abogado MATILDE GONZALEZ, contra LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA; y en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena a la ALCALDÍA DEL MINICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRNDA, realizar el pago de las prestaciones sociales a la ciudadana MAIGUALIDA DELGADO GARCÍA, por el tiempo de servicio prestado en la ya citada Alcaldía, así como los intereses generados sobre las prestaciones sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo estipulado en el artículo 92 de la Cons.....