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Decisiones del dia 14/10/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 05242 N° Sentencia : Fecha: 14/10/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad
Partes:
FRAD ALEJANDRO EL BARCHE JORGE VS. DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, (HOY MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA)
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida de suspensión de efectos interpuesto en fecha 31 de marzo de 2006, por los abogados LEÓN BENSHIMOL y JORGE HERNÁN BENSHIMOL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 76.696 y 4.875, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano FRAD ALEJANDRO EL BARCHE JORGE, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.659.652, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 009827, de fecha 18 de noviembre de 2005, emanada de la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura, (Hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda) .- SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se revoca la medida cautelar decretada por este Tribunal en fecha 06 de .....
Juez/Ponente:
Alejandro José Gómez Mercado
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente : 05472 N° Sentencia : Fecha: 14/10/2009
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad
Partes:
ARMANDO ARGENIS VILLALBA VS. INSTITUTO REGIONAL DE EDUCACION FISICA DEL EDO VARGAS
Resumen:
Bien hace este Sentenciador en rectificar la omisión expresa que ha debido señalarse en la sentencia definitiva dictada el 24 de septiembre de 2009 referente a la condición en la que quedaría el ciudadano Armando Argenis Villalba con respecto a su ente empleador, Instituto Regional de Educación Física, Deporte y Recreación del Estado Vargas. Precisando quien decide, que el referido ciudadano debe ser reenganchado a su lugar de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba para el momento de producirse su despido, con la consecuencia implícita del pago de sus salarios dejados de percibir desde la fecha del referido despido hasta su efectiva reincorporación y demás beneficios laborales, salvo aquellos que requieran la presencia efectiva del servicio como consecuencia de una relación laboral, y ello se deduce del propio pronunciamiento emitido en la fecha anteriormente señalada, pues al obtenerse un dictamen anulatorio contra el acto que acordó la calificación de despido, debe en.....
Juez/Ponente:
Alejandro José Gómez Mercado
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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