Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida de suspensión de efectos interpuesto en fecha 31 de marzo de 2006, por los abogados LEÓN BENSHIMOL y JORGE HERNÁN BENSHIMOL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 76.696 y 4.875, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano FRAD ALEJANDRO EL BARCHE JORGE, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.659.652, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 009827, de fecha 18 de noviembre de 2005, emanada de la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura, (Hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda) .-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se revoca la medida cautelar decretada por este Tribunal en fecha 06 de .....