En Torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en fecha 03 de marzo de 2009, por la abogada YLENY DURÁN MORILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.732, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LUISANNA MARGARITA CUMARE ASTUDILLO, titular de la cédula de identidad bajo el Nº V.- 13.221.325, contra la Sociedad Mercantil "ATENTO VENEZUELA, S.A", inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 2000, bajo el Nº 56, Tomo 86-A-Pro, por la violación de los artículos 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 453 y 639 de la Ley Orgánica del Trabajo.-
SEGUNDO: Como .....