Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara y ordena:
PRIMERO: Se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada entre el abogado ALEJANDRO URDANETA, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA, parte demandante en la presente causa, y los abogados SALVADOR BENAIM AZAGURI y ALEJANDRA BÁEZ ALLUP, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 40.086 y 123.251, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la empresa de seguros UNIVERSAL DE SEGUROS, C.A., antes identificada, parte demandada en la presente causa.-
SEGUNDO: Informar a este Juzgado sobre el cumplimiento del acuerdo transaccional a los fines de realizar las actuaciones tendientes al cierre y archivo del presente expedie.....