Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado FÉLIX EDMUNDO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.072, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ADOLFO ANTONIO RODRÍGUEZ ASCANIO, titular de la cédula de identidad Nº 7.293.579, interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 170-2005, de fecha 14 de abril del 2005, emanada de la Inspectoria del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.-