Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del proceso en la acción de amparo constitucional interpuesta por abogada ROXANNA CARNICELLI, apoderada judicial de la sociedad mercantil "CLASS LIGHT PUBLICIDAD, C.A.", antes identificadas, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, conforme al artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.