Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el abogado PITTER ARENCIBIA RAMÍREZ, apoderado judicial del ciudadano ROSO PASCUAL GONZÁLEZ ALVARADO, antes identificados, contra LA ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS.