Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por los abogados Raúl Trujillo Rojas y Zurilma Blanco, Inpreabogado Nros. 21.879 y 37.789, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la Comunidad de Copropietarios del Conjunto Residencial San Antonio, contra el acto administrativo Nº A-913-S-2007 dictado en fecha 07 de septiembre de 2007 por la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda.