De las pruebas de la parte querellada:
En relación a lo expuesto en el Capítulo I del escrito de promoción de pruebas de la parte querellada, donde "Reprodu(ce) el mérito favorable que arrojan los autos del presente expediente a favor de (su) representado", este Tribunal considera que el mérito favorable de los autos no se configura como medio probatorio, dada la obligación que tiene el Juez de revisar todas las actas del expediente, en consecuencia nada hay que admitir en ese punto, y así se decide
Por lo que se refiere a lo contenido en el Capítulo II del referido escrito de pruebas, donde promueve la confesión de la parte querellante, "que se desprende de su escrito libelar cuando en dicho escrito expresamente afirma: ¿... De lo narrado, ciudadano Juez, se deducen tres situaciones que debemos observar;... (ii) Que me encontraba desempeñando en cargo de JEFE DE LA DIVISION DE RELACIONES CON LOS TRABAJADORES, adscrito a la Gerencia de Recursos Humanos del Instituto Nacional de S.....