declara:
1.- ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, por el abogado JOSÉ MIGUEL CARVAJAL GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.218, actuando en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO MUNICIPAL DE PUBLICACIONES, institución creada por el Concejo Municipal del Municipio Libertador, en fecha 04, de mayo de 1995, publicado según Gaceta Municipal Extra Nº 1513, de fecha 06 de mayo de 1995, contra la Providencia Administrativa Nº 0244-2008, de fecha 09 de mayo de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Caracas Sur.
2.- IMPROCEDENTE la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa Nro. 0244-2008, de fecha 09 de mayo de 2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Caracas Sur, que declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos impugnada, de conformidad con la motiva del presente fal.....