1.- Se declara INCOMPETENTE para conocer de la acción Contencioso Administrativa de Nulidad, interpuesta por el abogado Arístides José León Puerta, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.826, en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil "UNIÓN VEINTIDÓS SOCIEDAD CIVIL", contra el Acto Administrativo negativo dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales del Estado Falcón, que ratifica el contenido del Oficio Nº 0789-2011 de fecha 12 de agosto de 2011, contentivo de Certificación de Accidente de Trabajo a favor de Jesús Miguel Rodríguez Muñoz.
2.- Ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón que actué en funciones de distribuidor.