declara INCOMPETENTE por la cuantía para conocer la demanda interpuesta por los abogados YAMILLY CAPOTE BARRERO, JUAN GILBERTO MENESES BLANCO y EDMUNDO PÉREZ ARTEAGA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 81.066, 82.551 y 17.589, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana YAJAIRA BURGOS DE CASTILLO, portadora de la cédula de identidad Nro. 5.122.138, mediante la cual solicitan a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda: "(...) 1°) Que la trabajadora, dada su situación de interina, pase a ocupar un cargo fijo. 2°) Que la trabajadora sea ubicada, para su desempeño, en funciones administrativas. 3°) Que se garantice a la trabajadora una renta vitalicia, suficiente, pagada -en forma anticipada mensualmente-, calculable en unidades tributarias, a los fines de la satisfacción de las necesidades derivadas del importe del consumo de medicinas o en su defecto que se le garantice el importe de dicho consumo. Así como también que el patrono quede obligado a.....