En mérito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Cautelar solicitada por el abogado el abogado ISAURO GONZALEZ MONASTERIO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.090, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano RAFAEL ALBERTO SOSA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.427.212, contra la INSTITUTO DE CAPACITACION EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES), por desmejora.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los siete (07) días del mes de octubre del año dos mil once (2011), 201º de la Independencia y 152º de la Federación.