Este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la Abogada TAHIDEE COROMOTO GUEVARA GUEVARA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.059, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA VIALPA S.A.", contra la Providencia Administrativa Nº 214-2009, de fecha treinta (30) de marzo del año dos mil nueve (2009) y emanada por la Inspectoría del Trabajo José Rafael Núñez Tenorio mediante la cual ordenó el reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano Luís Arístides Sanz, titular de la cédula de identidad Nº V-8.747.527.
SEGUNDO: se declara la nulidad absoluta de la Providencia Administrativa Nº 214-2009, precitada.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuradora General de la República, al Fis.....