En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
1. ACUERDA la medida de Suspensión de Efectos solicitada por la parte demandante;
2. Se suspenden los efectos del Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 000021, de fecha 17 de febrero de 2011, emanada de la Dirección de Control Urbano, adscrita a la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante la cual se sanciona al recurrente con multa de Bs. 705.740,00, y la demolición de lo construido en un área de 100,82 M2, ubicados en el retiro de fondo, del inmueble identificado como Edificio EVA, avenida "E", Urbanización El Pinar, Parroquia El Paraíso, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador, hasta la sentencia definitiva