En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, el presente recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el Instituto Autónomo de Ferrocarriles del Estado (IAFE), representado por el abogado Jesús David Rojas Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.187, contra la Providencia Administrativa Nº 00353-08, de fecha 19 de mayo de 2008, dictada por el Inspector jefe del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, notificada en fecha 21 de mayo de 2008 a la parte recurrente, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el ciudadano Neymer Arturo Noguera Rojas, titular de la Cedula de Identidad. En consecuencia se ANULA DICHA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA.