Se dicto auto por medio del cual este Juzgado admitio la demanda presentada PABLO MARCIAL VILLAMAR CHERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.887.930; debidamente asistido por el ciudadano CARLOS BARROS, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 76.913, contra la ciudadana MARIA AUXILIADORA HIDALGO GAINZA, extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.877.140.