En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento del procedimiento efectuado por el apoderado judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil BANPLUS BANCO COMERCIAL C. A., en el juicio que por cobro de bolívares incoara en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CONMODA, C. A., y la ciudadana LORENA BEATRIZ ARIZA RAMOS, identificados al inicio de este fallo, quedando por tanto HOMOLOGADO.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.
Tercero: Archívese el expediente.