Se admitió la prueba del Capitulo I, atinente al merito favorable de los autos, así como la prueba documental del Capitulo II numeral primero, relativas a las planillas bancarias como legajo marcado con la letra B, y se desecho la oposición de la parte actora. Con relación a la pueba del numeral segundo del Capítulo II, relativa al merito de la sentencia de divorcio, se declaro inadmisible por impertinent, es decir, no ofrecer algún elemto para la solución de la controversia, y con lugar la oposición de la parte actora.