Se dictò auto mediante el cual se admitiò la demandada presentada por la ciudadana MARISOL PEREZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.891.236 debidamente asistida por el abogado en ejercicio, JOSE ALBERTO YBARRA VARGAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bojo el número 71.831, contra el ciudadano VICTOR FERNANDO OLIVEIRA FERRIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.615.405.-