Se declaró la PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA al no haber cumplido los demandantes las obligaciones que le impone el ordinal primero del artículo 267 del Código Adjetivo, en el juicio que por DIVORCIO CONTENCIOSO, sigue la ciudadana CLAUDIA TERESA MARQUEZ VELAZCO, contra el ciudadano MÁXIMO SMILLO ALLEUME, identificados en el fallo.