Con Lugar la solicitud de conversión en DIVORCIO, presentada por los ciudadanos, Jean Pierre Sanzana Puigmarti y María Fernanda Orjuela, chileno el primero y venezolana la segunda de los nombrados, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números E-81.995.427 y 15.723.173, respectivamente, y como consecuencia de ello DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día 15 de noviembre de 2.003, ante el la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Chacao del estado Miranda, inserta en los libros de registro civil, bajo el Nro 571, Folio 169, Tomo 02, del año 2.003.-