este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la objeción formulada por la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de la cuenta presentada por la sociedad mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C.A. en consecuencia:
PRIMERO: Se declara improcedente el cobro de la cantidad discriminada en la cuenta presentada por la depositaria judicial como "TASAS Nro. 2 VEHÍCULOS".
SEGUNDO: Se declara improcedente el cobro de la cantidad discriminada en la cuenta presentada por la depositaria judicial como "gastos de seguro".
TERCERO: Se declara improcedente el cobro de la cantidad discriminada en la cuenta presentada por la depositaria judicial como "gastos generales y operativos".
CUARTO: Se ordena a la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, pagar a la so.....