Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: i) Sin lugar la solicitud de extemporaneidad alegada por la parte demandada en contra del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora en fecha 12 de agosto de 2009; ii) El Tribunal deja constancia que no hubo oposición, en virtud de la solicitud planteada por la parte demandada en fecha 13 de agosto de 2009, se fundamento en un "desconocimiento" e "impugnación", que no es equiparable a una OPOSICIÓN A LA ADMISIÓN MEDIOS DE PRUEBA; y iii) Sin lugar la solicitud improcedencia alegada por la parte demandada en contra del auto dictado en fecha 13 de noviembre del presente año, el cual admitió el escrito de pruebas presentado por la parte actora