En base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos MAURO ROMERO DEL GIUDICE SARACCO y MARÍA CRISTINA LEAL NAVARRO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-5.534.012 y V-15.192.543, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el penúltimo y último aparte del Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron dichos ciudadanos por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda, según se evidencia de Acta de matrimonio inserta bajo el N° 105 del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2005, libro Dos (02).-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y D.....