En fecha 14 de mayo de 2012, este Juzgado ordena agregar a los autos el oficio emanada del SAIME, por lo que 48 horas otorgadas a la representación Fiscal se vencieron en fecha 16 del mismo mes y año, fecha en la cual fue consignado el informe en cuestión, por lo que dentro de los días 17, 18 y 21 del mayo de 2012, el Tribunal debía publicar la sentencia definitiva, lo cual se materializó el día 21 por lo que a todas luces queda claramente establecido que la sentencia fue dictada dentro del lapso establecido para ello, siendo que la representación judicial de la parte accionada consigna diligencia apelando de la sentencia, 5 días de despacho después de vencido el lapso legal, por lo que resulta impretermitible para quien suscribe Negar el recurso de apelación ejercido por extemporáneo, se decreta la ejecución forzosa de la decisión dictada, en consecuencia de ello, se ordena la ENTREGA MATERIAL, del inmueble identificado con las Siglas y Número MT-3, Edificio HIRS.