Se dictó sentencia declarando Primero: Decretar Medida de Embargo Ejecutivo, sobre bienes de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 5.722.170,83), que incluye el doble de la cantidad demandada, más las costas, calculados prudencialmente por este Tribunal en un 10% del capital demandado. Con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por la cantidad de TRES MILLONES SISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 3.672.170,83). SEGUNDO: A los fines de la práctica de la medida, se comisiona amplia y suficientemente con facultades para sub- comisionar al Juzgado Distribuidor de Municipio Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción.