Se dictó pronunciamiento respecto a las pruebas promovidas por la representación de la parte demandada, se admitieron las documentales aportadas y se desecho la oposición efectuada por el abogado Elonis López, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 16.771, pues, este profesional del derecho no tiene capacidad de postulación acreditada en autos para actuar en nombre de la parte actora, dado que su labor sólo ha sido prestar asistencia a la apoderada Erika Ivonne Suárez Pticheck; aunado a que todas las documentales aportadas a las actas deben mantenerse en los autos hasta la definitiva conclusión de esta causa, para ser analizados en la sentencia de mérito.-