Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante el cual este Tribuna Constitucional declaró Inadmisible la Acción de Amparo instaurado los Ciudadanos CONSTANTINO RENE BADRA SAYEGN, DORIS ELIZABETH BADRA SAYEGN y ANTOUN GEORGES ATA BERUTI, contra Sociedad Mercantil GROUP VIGO & ASC C.A., representada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO AGUILAR PALACIO, por cuanto de autos surge una manifiesta falta de representación o de postulación por parte de las ciudadanas YOLANDA SAYEGN DE BRADA y MARÍA JOSEFINA BADRA CHACHATI, aunado a que no hay orden constitucional y procesal quebrantado y por que no hay constancia de que las partes hallan acudido a las vías judiciales ordinarias o medios preexistentes capaces de obtener tutela anticipada. En razón de no apreciar temeridad en la Acción de Amparo Constitucional, este Juzgado no hace especial condenatoria en costas