En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por el ciudadano JESUS ENRIQUE ODLER CABRERA, contra la ciudadana IVELISSE DE LA COROMOTO VALECILLOS DIAZ, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la ciudadana IVELISSE DE LA COROMOTO VALECILLOS DIAZ, por haber resultado vencida en la causa continente y en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.