Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACLARA la sentencia definitiva dictada el 10 de noviembre de 2010 en los siguientes términos:
Donde se lee en la segunda línea del párrafo segundo contenido en la primera hoja de la sentencia, "contrato de obras" debe decir "Contrato de Arrendamiento" Y ASI SE DECIDE.