En virtud de lo anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO A LA ACCIÓN EFECTUADA, en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita por el Abogado FRANCISCO CUMANÁ SILVA, en fecha 18 de Mayo de 2011, cursante en el folio Trescientos Ochenta (380), y de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el mencionado DESISTIMIENTO. Así mismo, este Juzgado ordena la Devolución de los Documentos originales, previa certificación por Secretaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-