En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de conversión en divorcio del estado de separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos RAFAEL ARTURO ONETTO JIMENEZ y ERIKA ANDREINA HERNÁNDEZ MONCADA, ambos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VINCULO CÓNYUGAL existente entre ellos, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas, en fecha 19 de octubre de dos mil dos (2002), según consta del Acta de Matrimonio nº 71, inserta al folio (71) de los Libros de Matrimonios llevados por dicha autoridad Civil en el año dos mil dos (2002).
TERCERO: Líbrense oficios a las autoridades competentes, a l.....