Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PROCEDENTE la aclaratoria de la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada en fecha 09 de agosto de 2016, solicitada por la Abogada NAIRIN GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el bajo el Nº 257.445, apoderada judicial de la parte demandada OCEÁNICA DE SEGUROS C.A.; en lo términos establecidos en la parte motiva de este fallo, debiendo tenerse la presente aclaratoria como complemento de dicho fallo