En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la demanda de Divorcio interpuesta por el ciudadano MANUEL VIEIROS PUGA contra la ciudadana ESTRELLA MACIA MACIA, ambas partes plenamente identificadas a los autos, fundamentada en la causal 2º del artículo 185 del Código Civil, esto es Abandono voluntario.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vinculo matrimonial que une a los ciudadanos, MANUEL VIEIROS PUGA y ESTRELLA MACIA MACIA, celebrado ante el Sr. Cura Párroco Don Benjamín Otero Taboada, con la asistencia del delegado del Juez Comarcal, practicada su inscripción el día 31 de enero de 1.959, archivada con el No. 5 en el legajo correspondiente y registrada por ante el .....