III
Por tales fundamentos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ante la pérdida del interés procesal de la parte solicitante, considera que debe declararse terminado este procedimiento, por falta de uno de los requisitos exigidos para tramitarlo o para continuar su tramitación y así se decide.
No hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el primer (01) día del mes de febrero del año dos mil once (2011). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación
EL JUEZ
LUIS TOMAS LEON SANDOVAL
EL SECRETARIO,
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