Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARAR EL ABANDONO DEL TRAMITE O TÁCITAMENTE DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL planteada por el ciudadano URIEL ESTEBAN URDANETA GARCÍA en contra de la UNIÓN DE CHÓFERES MANICOMINO-SILENCIO, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: NO HAY condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: EL PRESENTE fallo se dicta dentro de su lapso legal.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Catorce (14) días del mes de M.....