En virtud de las consideraciones precedentes, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administro Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la ley declara: CON LUGAR LA INHIBICION FORMULADA POR LA JUEZ Dra. LORELIS SANCHEZ, EN el EXPEDIENTE No AP31-V-2008-001641, de la nomenclatura interna del Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-